El procedimiento para sustituir un permiso de conducir expedido en otro país por un documento polaco es diferente para los documentos expedidos en distintos países.
Los permisos de conducir expedidos en los países de la Unión Europea, la Confederación Suiza o un Estado miembro del Acuerdo Europeo de Libre Comercio no tienen que sustituirse por un documento polaco y pueden utilizarse durante todo el período de su validez. La eventual sustitución de dicho documento es posible a petición de la persona interesada, sin necesidad de presentar una traducción certificada del permiso de conducir ni de aprobar el examen teórico. Si la validez de dicho permiso de conducir ha expirado, también se puede sustituir, pero después de cumplir las condiciones necesarias para extender la validez del permiso de conducir polaco (es decir, entre otras cosas, después de presentar un certificado médico válido).
El resto de permisos de conducir reconocidos en Polonia deben sustituirse por un documento polaco después de 6 meses de estancia en Polonia. Si el documento se emitió de acuerdo con el modelo establecido en la Convención de Ginebra o de Viena, la sustitución no requiere la aprobación de un examen teórico. En el resto de casos, es necesario aprobar un examen teórico. Se trata de un examen que se realiza sobre la misma base que el examen para quienes desean obtener el permiso de conducir en Polonia.
Información vigente a fecha .
El equipo editorial del portal hace todo lo posible para garantizar que el contenido presentado cumpla la legislación, esté actualizado (en la fecha de publicación, indicada en cada subpágina) y sea útil para los usuarios. Téngase en cuenta que el contenido del portal es meramente informativo y solo ofrece una visión general de las cuestiones planteadas. No constituye asesoramiento ni opiniones jurídicas sobre casos concretos y no deben ser la única base para tomar una decisión sobre la resolución de un problema jurídico específico. Para obtener asistencia legal individual, es necesario buscar asesoramiento de entidades cualificadas.
