En general, la contratación de un extranjero en Polonia requiere la obtención de un permiso de trabajo o la presentación de una declaración de encomienda de trabajo al extranjero. La normativa prevé varios tipos de permisos. Algunos documentos que legalizan la estancia de un extranjero en Polonia le permiten, al mismo tiempo, realizar un trabajo legal, sin la obtención de un permiso o declaración.
Las circunstancias que justifican el trabajo sin permiso se especifican en los siguientes actos jurídicos:
- Ley de 20 de abril de 2004 sobre la promoción de la contratación y las instituciones del mercado de trabajo (Boletín Oficial de 2024, puntos 475, 742, 858, 863, 1089, 1572), art. 87, apdo. 2 3.
- Reglamento del Ministro de Trabajo y Política Social de 21 de abril de 2015 sobre los casos en que se permite encomendar un trabajo a un extranjero en el territorio de la República de Polonia sin la necesidad de obtener un permiso de trabajo (Boletín Oficial de 2021, punto 2291).
- Ley de 20 de julio de 2018 Ley de Educación Superior y Ciencia (Boletín Oficial de 2024, puntos 1571), art. 325.
- Ley de 30 de abril de 2010 sobre la Academia Polaca de Ciencias (Boletín Oficial de 2020, punto 1796), art. 93.
El permiso es emitido por el voivoda a petición del empleador, para una persona extranjera en concreto, por un período de tiempo específico y para realizar un trabajo en unas condiciones determinadas. La contratación debe realizarse en las condiciones especificadas en este permiso. El empleador está obligado a entregar una copia del permiso obtenido al extranjero.
Algunas categorías de extranjeros utilizan un procedimiento simplificado: en lugar de un permiso, pueden trabajar sobre la base de una declaración de encomienda de un trabajo a un extranjero.
La declaración se aplica a los extranjeros que cumplan las siguientes condiciones:
- Son ciudadanos de Armenia, Bielorrusia, Moldavia, Georgia o Ucrania.
- El trabajo debe llevarse a cabo durante un máximo de 24 meses y se iniciará dentro de los 6 meses posteriores a la presentación de la declaración.
- El trabajo no es de naturaleza estacional (se requiere un permiso para el trabajo estacional).
- La remuneración del extranjero no será inferior a la remuneración de los empleados que realicen trabajos similares o en un puesto similar.
La declaración se presenta a la Powiatowy Urząd Pracy [la Oficina de Trabajo del Condado]. También puede presentarse a través de internet. La Oficina mantiene un registro de las declaraciones. Después de la inscripción en el registro, dentro de los 7 días a partir de la fecha indicada en la declaración como la fecha de inicio del trabajo, el empleador está obligado a informar por escrito a la Oficina de Trabajo del Condado, sobre el hecho de que el extranjero acepte o no acepte el trabajo.
La información detallada sobre las declaraciones de encomienda de un trabajo a un extranjero se puede obtener en la dirección:
Obligaciones del empleador antes de contratar a un extranjero:
- Solicitar la presentación de un documento que permita la residencia legal en Polonia,
- Redactar y conservar el documento mencionado en el punto 1 durante todo el período de empleo,
- Comprobar si el permiso de residencia da derecho al extranjero a trabajar legalmente sin un permiso/declaración, y si no es así, el empleador está obligado a presentar una solicitud de permiso o declaración de encomienda de trabajo al extranjero. Por lo tanto, se debe obtener un permiso o inscripción en el registro antes del inicio del trabajo por parte del extranjero,
- Contratación de un extranjero en las condiciones especificadas en el permiso/declaración,
- Informar al extranjero sobre las medidas adoptadas en relación con el procedimiento de concesión o prórroga de un permiso de trabajo y las decisiones sobre la expedición, denegación o revocación del permiso,
- El ejercicio de la diligencia debida en la tramitación del permiso, la prórroga y la revocación del permiso de trabajo del extranjero,
- Proporcionar al voivoda, al jefe de la oficina tributaria competente, a la unidad organizativa local de ZUS [Instituto Nacional de la Seguridad Social], al cónsul, a la autoridad de la Inspección Nacional de Trabajo, al Servicio de Aduanas, a la Guardia de Fronteras o a la Policía los documentos que confirmen el cumplimiento de las obligaciones anteriores, redactados en polaco o traducidos al polaco,
- Informar, en un plazo de 7 días, al voivoda que emitió el permiso sobre los cambios en las circunstancias indicadas en las regulaciones relacionadas con el trabajo de la persona extranjera,
- En el caso de una declaración de encomienda de trabajo a un extranjero: información por escrito a la oficina de trabajo del condado dentro de los 7 días a partir de la fecha indicada en la declaración como la fecha de inicio del trabajo, sobre el hecho de que el extranjero acepte o no acepte el trabajo.
Los extranjeros que trabajan en Polonia sobre la base de un contrato de trabajo o que sean delegados para trabajar en Polonia deberán realizar el trabajo en condiciones que se ajusten a la normativa polaca. Las condiciones de trabajo de los extranjeros, en relación, entre otras cosas, con las normas y el tiempo de trabajo, las vacaciones, el salario mínimo, la liquidación de horas extraordinarias, la salud y la seguridad en el trabajo, no pueden ser peores que las garantizadas en el Código Laboral (Ley de 26 de junio de 1974 Código Laboral, es decir, Boletín Oficial de 2023, punto 1465; de 2024, punto 878).
En principio, los contratos de trabajo y otros documentos en el ámbito del derecho laboral se redactan en polaco si vinculan a las personas que tienen su lugar de residencia y trabajan en Polonia. Adicionalmente, se pueden redactar versiones en otros idiomas del contrato/documento.
Se prevé una excepción a la norma general para los contratos celebrados con extranjeros: a petición de una persona que no tenga la ciudadanía polaca, se puede redactar el contrato u otro documento de derecho laboral en una lengua distinta del polaco.
Base jurídica:
Art. 8, apdo. 1a de la Ley de 7 de octubre de 1999 sobre el idioma polaco (Boletín Oficial de 2024, punto 1556).
La entidad que encomiende un trabajo a un extranjero está obligada a celebrar un contrato escrito con él y presentar su traducción a un idioma entendido por el extranjero
Información vigente a fecha .
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