Asistencia para cubrir los gastos de viaje/vuelo y transporte de los bienes
Importe: el doble del precio de un billete de tren de segunda clase para un viaje desde la estación más cercana al lugar de residencia anterior del repatriado en el extranjero hasta el lugar de establecimiento en Polonia, Personas autorizadas: el repatriado y los miembros de su familia inmediata. La asistencia se otorga una sola vez
Autoridad otorgante: Plenipotenciario del Gobierno para la Repatriación.
Autoridad pagadora: starosta [consejero del condado] competente para el lugar de asentamiento del repatriado
Ayuda financiera para el desarrollo y mantenimiento
Importe: el doble del salario bruto mensual medio en la economía nacional, anunciado por el presidente de la Oficina Central de Estadística en el Boletín Oficial de la República de Polonia «Monitor Polski», en el trimestre anterior a la fecha de concesión de la ayuda,
Personas autorizadas: el repatriado y cualquier miembro de la familia inmediata del repatriado.
La ayuda se otorga una sola vez
Autoridad otorgante: Plenipotenciario del Gobierno para la Repatriación,
Autoridad pagadora: starosta [consejero del condado] competente para el lugar de asentamiento del repatriado
Base jurídica:
art. 17, apdo. 1, punto 2 de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Ayuda financiera (única) para cubrir los costes de los estudios en Polonia
Personas autorizadas: menores sujetos a escolarización obligatoria,
Importe: el equivalente al salario mensual medio por cada hijo.
La ayuda se otorga una sola vez
Autoridad otorgante: Plenipotenciario del Gobierno para la Repatriación,
Autoridad pagadora: starosta [consejero del condado] competente para el lugar de asentamiento del repatriado
Base jurídica:
art. 17, apdo. 1, punto 3 de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Ayuda consular para cubrir los gastos de viaje
Importe: el doble del precio de un billete de tren de segunda clase para un viaje desde la estación más cercana al lugar de residencia anterior del repatriado en el extranjero hasta el lugar de establecimiento en Polonia,
Personas autorizadas: el repatriado y los miembros de su familia inmediata, si la persona para la que se ha emitido un visado nacional con fines de repatriación no tiene fondos suficientes para cubrir los gastos de viaje a Polonia
La ayuda se otorga una sola vez
Autoridad que otorga y paga los fondos: el cónsul competente para el lugar de residencia del repatriado
Base jurídica:
art. 17, apdo. 1, punto 4 de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Ayuda para cubrir parcialmente los gastos de reforma, adecuación o equipamiento de la vivienda,
Personas autorizadas: el repatriado y los miembros de su familia inmediata
Condiciones: los costes incurridos deben documentarse
Importe: la ley indica 6000 eslotis para el repatriado y para cada miembro de su familia inmediata que administre un hogar conjunto con el repatriado (pero, atención, esta cantidad se indexa anualmente, en 2024 es de 8789,75 eslotis para cada persona autorizada).
Autoridad que otorga y paga los fondos: starosta [consejero del condado] competente para el lugar de asentamiento del repatriado
Plazo: la ayuda podrá concederse en el plazo de dos años a partir de la adquisición de la ciudadanía polaca por medio de la repatriación.
Base jurídica:
art. 17, apdo. 2 de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Ayuda financiera para cubrir las necesidades de vivienda del repatriado
Autorizados: los repatriados que, al llegar a Polonia, disponían de pruebas que garantizaban las condiciones para el establecimiento en forma de declaración de un ciudadano polaco a que se refiere el art. 12, apdo. 3, punto 3 de la Ley de repatriación o una decisión del Plenipotenciario del Gobierno para la Repatriación relativa a la concesión de plaza en un centro
Importe: máximo 25 000 eslotis por repatriado y por cada miembro de su familia inmediata que administre un hogar con él.
En el caso de la compra de un piso o una casa residencial, el importe puede incrementarse con un pago adicional que no exceda de 25 000 eslotis en total para el repatriado y cada miembro de su familia inmediata.
En el caso del pago adicional por alquiler o alojamiento en un dormitorio estudiantil, el importe mensual del pago adicional no puede exceder los 300 eslotis por cada persona autorizada y no puede exceder el importe mensual de alquiler/tarifa por alojamiento en un dormitorio estudiantil.
Uso previsto:
- Pago adicional para el alquiler de un local residencial o un edificio residencial o
- Pago adicional por alojamiento en un dormitorio estudiantil o
- Pago adicional por los costes de adquisición de un local residencial o un edificio residencial
Duración: no más de 10 años a partir de la fecha de llegada del repatriado al territorio de la República de Polonia (se aplica a las personas que disponían de una declaración de un ciudadano polaco, especificada en el art. 12, apdo. 3, punto 3 de la Ley de repatriación) o desde el día en que expiró el período de estancia del repatriado en el centro para repatriados, y en el caso de un pago adicional por alquiler o por tarifa por alojamiento en una residencia de estudiantes, durante la duración del contrato/alojamiento.
Autoridad otorgante: Plenipotenciario del Gobierno para la Repatriación
Base jurídica:
art. 17b de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Persona que ofrece apoyo al repatriado
Personas autorizadas: repatriado que se encuentra en una situación especial.
Una situación especial puede surgir en particular de:
- Tener una edad muy avanzada
- Del estado de salud
- La falta de habilidades de adaptación
- La falta de un aprendizaje suficiente del polaco
Tareas de la persona que ofrece el apoyo:
- proporcionar información sobre cómo tratar los asuntos relevantes para el repatriado en el campo de la atención médica, la educación, la asistencia social y el empleo;
- apoyar al repatriado en la tramitación de los asuntos a que se refiere el punto 1, en particular mediante la redacción de cartas oficiales en su nombre;
- asistir a los repatriados de avanzada edad durante las citas médicas.
- solicitar a las autoridades públicas, organizaciones e instituciones competentes la información necesaria para la prestación de ayuda al repatriado, incluida la información que contenga los datos personales del repatriado (con el consentimiento del repatriado)
Autoridad otorgante: wójt [el alcalde de un municipio rural], burmistrz [el alcalde de una ciudad de menos de 100 000 habitantes], prezydent miasta [el alcalde de una ciudad de más de 100 000 habitantes] en el lugar de residencia del repatriado
Base jurídica:
art. 20n-20p de la Ley de repatriación
Activación profesional
Personas autorizadas: repatriados que no pueden trabajar de forma independiente
Descripción de la asistencia: la asistencia puede incluir dos tipos de ayuda:
- reembolso de parte de los costes incurridos por el repatriado para mejorar sus cualificaciones profesionales. Estas son las tasas de matrícula y las tasas para obtener un certificado o título de cualificación.
- reembolso de parte de los costos incurridos por el empleador del repatriado para la creación del lugar de trabajo, la capacitación del repatriado, la remuneración, los incentivos y las cotizaciones a la seguridad social
Cada uno de los tipos de asistencia puede cofinanciarse solo una vez
Autoridad que otorga los fondos: starosta [consejero del condado] competente para el lugar de residencia del repatriado
Plazo: un período no superior a 5 años a partir de la fecha de adquisición de la ciudadanía polaca por parte del repatriado.
Importe:
- El importe total del reembolso de los costes incurridos por el repatriado para mejorar su cualificación profesional constituye la mitad de los costes relacionados con la mejora de la cualificación profesional, pero no más del equivalente al doble del salario mensual medio en el trimestre anterior a la fecha de celebración del contrato entre el starosta [consejero del condado] y el repatriado (art. 23a de la Ley de repatriación).
- El importe total del reembolso de los costes incurridos por el empleador en todas las formas indicadas en la ley (art. 23, apdo. 1, punto 2 de la Ley después de repatriación) no podrá exceder de doce veces el salario mensual medio en el trimestre anterior a la fecha de celebración del primero de los acuerdos celebrados con el fin de obtener el reembolso de los costes entre el empleador y el starosta [consejero del condado]. El empleador debe cumplir con las condiciones establecidas en la ley para que el starosta [consejero del condado] pueda celebrar un acuerdo con él (art. 27, apdo. 2 de la Ley de repatriación).
Base jurídica:
art. 23 – 27 de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Servicios de salud gratuitos
Autorizados: personas que adquirieron la ciudadanía polaca a través de la repatriación
Duración: 90 días a partir de la fecha de cruce de la frontera de la República de Polonia
art. 17d de la Ley de repatriación
Y la Ley de 27 de agosto de 2004 sobre los servicios de atención de la salud financiados con fondos públicos (Boletín Oficial de 2021, punto 1285, modificado 1).
Cursos de idiomas, de formación profesional, otros
Cobertura de los costes del curso de lengua polaca
Autorizados: personas cualificadas para la emisión de un visado nacional para la repatriación,
Autoridad otorgadora: Cónsul
Cursos de lengua polaca y adaptación a la sociedad polaca organizados o encargados a organizaciones sociales por el ministro responsable de educación y formación
Autorizados: personas cualificadas para la emisión de un visado nacional para la repatriación,
Autoridad otorgadora: Cónsul
Base jurídica:
art. 18 de la Ley de repatriación
Clases de adaptación e integración, cursos de idiomas, cursos de formación profesional y clases para aprender sobre la historia, las tradiciones y las costumbres de Polonia organizadas para repatriados en centros para repatriados
Base jurídica:
art. 20b de la Ley de 9 de noviembre de 2000 sobre la repatriación, Boletín Oficial de 2022, punto 1105.
Información vigente a fecha .
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